Recordamos que, desde el 12 de mayo de 2019, es obligatorio que todas las empresas lleven un REGISTRO DE JORNADA DIARIA de trabajo.
En este horario debe incluir claramente el horario de inicio y de finalización de la jornada de trabajo de cada uno de los trabajadores.
SANCION EN CASO DE INFRACCIÓN: desde los 626 euros a los 6.250 euros.